PRIMER CONTACTO CON EL CASO.

E

xisten diversas maneras en las que una PPNNA puede tener contacto con un posible caso de ciberexplotación sexual. Una de ellas es a través de la información que le proporcione su red de detección; es decir, los hospitales, centros de salud, escuelas, servicios de atención psicológica, centros culturales y deportivos y demás instituciones con quienes haya establecido un mecanismo de coordinación y comunicación.

En la mayoría de los casos, es hasta después del diagnóstico o, incluso, en la implementación del Plan de Restitución de Derechos, cuando la PPNNA puede identificar que una niña, niño o adolescente está siendo víctima de un ciberdelito sexual.

Sin embargo, la PPNNA debe tener en cuenta que además de las vías ordinarias para la detección de casos, debe asegurarse de ser informada de la presencia de posibles víctimas de ciberdelitos sexuales durante la realización de operativos y otras acciones de investigación¹.

Independientemente de la manera o momento en la que la PPNNA detecta un posible caso de ciberdelitos sexuales, existen algunas cosas que deben tenerse en cuenta durante el primer contacto o cuando se tenga sospecha de estar frente a una niña, niño o adolescente víctima de este tipo de delitos.

¹Artículo 87 de la LGDNNA. Siempre que se encuentre una niña, niño o adolescente en el contexto de la comisión de un delito, se notificará de inmediato a quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, así como a la Procuraduría de Protección competente.